lunes, 15 de diciembre de 2014

Sobre los clientes, sus expectativas y la "cruda realidad"


Trae causa de: suena el timbre, un cliente nuevo (conocido, pero muy poco) con un caso penal: denuncia por estafa con notificación del auto de incoación y archivo de las diligencias. Subarrienda un local de negocio y los cheques usados para el pago están vinculados a una cuenta que no existe desde hace más de un año. Ya han dejado el local. 

- ¿Cuáles son sus expectativas? 
- Que me paguen lo que me deben -vale- y los "daños y perjuicios" (qué término tan socorrido), concretamente lo que he dejado de ganar por no tenerlo en funcionamiento... 
- Señor, si usted arrienda un local, el beneficio va a ser el del alquiler, no puede pretender que además le paguen lo que habría ganado de no estar alquilado, porque el arrendatario sólo tiene obligación de pagar lo que consigne el contrato. No obstante, lo estudio -vete tú a saber-: para empezar necesito  los modelos 130 del último año
- No los hago, sólo tenía pérdidas...

Actuaciones llevadas a cabo: personamiento y recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el Auto de incoación y archivo. Obviamente, al personarnos como acusación particular, es preceptivo el Procurador. Como el plazo es tan corto (5 días) el encargo se realiza de forma verbal, sin anticipo de ninguna cantidad.

Cita: firma del contrato de arrendamiento de servicios con presupuesto. 

- ¡Esto es muy caro! Me dijiste que habría costas de esas.
- No, yo le dije que podría haber costas y de ahí usted podría recuperar los honorarios que me hubiese pagado, no que yo vaya a cobrar al final del procedimiento. Usted me tiene que pagar a mí antes del juicio y ahora hacer una provisión de fondos. No obstante, como ya le expliqué, la acusación la ejerce el Fiscal, no es necesario que usted se persone en el procedimiento -aunque gracias a mí no se sobreseyó- y si no, puede solicitar la asistencia jurídica gratuita.
- ¿Y eso cómo se hace?
- Muy sencillo, vaya al Colegio de Abogados y allí le explican. En cualquier caso, mis honorarios hasta ahora son 250€, más los honorarios del Procurador.
- Yo ahora no puedo, pero en cuanto tenga algo de dinero...

Hasta la fecha (más de un año).

Conclusión: ármate de paciencia y cobra la consulta -al menos-.